Durante la Segunda República se dejaron
de emitir monedas en metales preciosos.
La moneda de 5 céntimos estaba compuesta
de hierro y poseía en el anverso una alegoría a la república y nombre oficial
del país: Segunda República y en el reverso el año de acuñación, y valor facial
flanqueado por una rama de olivo y una espiga de trigo relacionado con la
explotación agrícola presente en España.
La moneda de 10 céntimos también era de
hierro presentaba en el anverso el escudo de la II República y en el reverso el
valor facial y el año de acuñación.
La moneda de 25 céntimos estaba formada
por cuproníquel y poseía en el anverso una alegoría de la República con una
rama de olivo en la mano, año de acuñación y nombre oficial del país: República
española y en reverso el valor facial, rueda de engranaje, espiga de trigo y
rama de olivo.
Otra moneda de 25 céntimos estaba
elaborada con cobre, en el anverso contenía una cadena sobre libro de la
ciencia, año de acuñación y nombre oficial del país: República española y en el
reverso el valor facial entre una rama de olivo y una rama de roble.
La moneda de 50 céntimos realizada con
cobre contenía en el anverso una alegoría de la República sentada con una rama
de olivo en la mano, año de acuñación y nombre oficial del país: República
española y en el reverso el valor facial.
La moneda de una peseta estaba formada
por plata y en el anverso poseía la alegoría de la República sentada con una
rama de olivo en la mano, año de acuñación y nombre oficial del país: República
española y en el reverso el valor facial y el escudo de armas republicano.
Otra moneda de una peseta hecha de latón
poseía en el anverso una alegoría de la República y nombre oficial del país: República
española y en el reverso el valor facial, un racimo de uvas y el año de
acuñación.
Un caso especial fueron las monedas de
cartón elaboradas como medida provisional llevada por el gobierno republicano
como consecuencia de la crisis de circulación de 1938. El gobierno dio permiso
de circulación con carácter transitorio a unos cartoncitos circulares que levaban
impreso en el reverso el escudo constitucional
y pegado en el anverso sellos de correo o timbres móviles de distintos valores inferiores
a 50 céntimos que cada ciudadano adquiría y pegaba a los cartoncitos a su libre
albedrío. Esta solución temporal del problema ya había sido utilizada en otros
países europeos entre los años 1915 y 1920.
Esta autorización transitoria del
Ministerio de Hacienda preveía que, tan pronto fuesen puestas en circulación
las monedas fraccionarias previstas en el decreto de diciembre de 1937, el
Ministerio de Hacienda procedería a la retirada de estos “sellos moneda”. Dicha
acuñación de monedas fraccionarias nunca llegó a realizarse por cuestiones
bélicas y los cartones-moneda siguieron circulando hasta el final de la guerra
cuando fueron ilegalizados por los vencedores.
FUENTES Y AUTORES:
-El Arte de la Historia, Francisco Arroyo
Martín
-Monedas durante la Segunda República y
la Guerra Civil española, Javier Ovelleiro
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