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lunes, 21 de abril de 2014

Plebiscito(VI)



Aprobado el texto autónomico en diciembre de 1932 por la Asamblea de Ayuntamientos y los diputados gallegos, el siguiente paso constitucional consistía en su plebiscitación por el electorado gallego. Para cuidar de los pasos ulteriores del proceso estatutario fue creado un Comité Central de Organización y Propaganda del Estatuto, en el que participaron representantes de el PG, la FRG, denominada ahora Partido Republicano Gallego, y Acción Republicana y  cargos institucionales. Su presidente fue Osorio-Tafall y el secretario, Rajoy Leloup. Luego en la fase final de 1936, su presidente sería J. López Bouza, también presidente de la Diputación Provincial coruñesa. Al mismo tiempo se precisaba un decreto del Consejo de Ministros que fijase la fecha de celebración y los requisitos del mismo.
La autorización fue dada, no sin reticencias, en mayo de 1933 por el Gobierno Republicano, en el que Casares Quiroga estaba al frente del Ministerio de Gobernación, y se dejó al Comité de Autonomía la fijación de la fecha del plebiscito. Pero el clima político del verano de 1933 inclinó al propio Comité a proponer un aplazamiento  del plebiscito, que finalmente se substanció en la reunión del 3 de diciembre de 1933, al decidir “aplazar sine die y mientras las circunstancias lo aconsejen, el plebiscito del Estatuto". Estas circunstancias fueron las elecciones generales de 1933, en las que ganaron ampliamente las fuerzas de derecha (republicanos de Lerroux y la CEDA de Gil-Robles), que se venían manifestando contrarias a los regímenes autonómicos.
El proceso estatutario gallego quedó pues, paralizado durante más de dos años, ante el peligro de que si perdiese el plebiscito, como sostenían los republicanos y muy claramente Casares Quiroga.. Con todo, hay que reconocer que el verano de 1933 no era el más adecuado para ganar un plebiscito, con un Gobierno azañista que  atravesaba serias dificultades y una derecha republicana o católica totalmente remontada después de su desastre electoral de 1931.
Por otra parte, las fuerzas obreras, especialmente el reducido Partido Comunista, empiezan a asumir e impulsar la cuestión autonómica. El PC desarrollará, en este sentido, una labor importante, especialmente dentro de los sindicatos cenetista y socialista, al haber renunciado a la formación de un sindicato propio. Las fuerzas obreras empezaban a superar su ingenuo internacionalismo abstracto y a apreciar que las autonomías regionales se inscribían, como la reforma agraria, en el marco de la revolución democrática surgida el 14 de abril.
La victoria del Frente Popular en las elecciones de febrero del 36 supone la creación del clima propicio para la celebración del plebiscito, ya que el 70% de los diputados (desde los centristas de Portela a los socialistas y comunistas) eran partidarios de la autonomía. Pero la apuesta más decisiva a favor del proceso autonómico fue dada por el Partido Galeguista, que, en un giro  estratégico conducido por Castelao y Bóveda, acordó suscribir un pacto con los republicanos de izquierda y partidos obreros para su incorporación a la coalición electoral del Frente Popular, lo que le costó una minoritaria escisión por su derecha, Derecha Galeguista de Risco, Filgueira y otros señalados militantes.  Sin embargo, se producirán demoras en la promulgación del decreto, debidas a las prioridades del gobierno de Azaña: amnistía, restablecimiento de la Generalitat catalana, reemprendimiento de la reforma agraria.
En la primavera de 1936 se retoma el proceso estatutario, con la recuperación del Comité Central de Autonomía y la organización de la campaña de propaganda a favor de su plebiscitación  por el censo electoral. Por fin el 27 de mayo se promulga el decreto que autoriza la celebración del plebiscito y se señala la fecha del 28 de junio.
Frente a la amplia mayoría de partidos, entidades y personajes que llamaban a la participación y pedían el voto afirmativo, las posiciones en contra fueron muy escasas. La coalición de derechas CEDA, de Gil Robles publicó un manifiesto llamando a la abstención porque la autonomía llevaba a “destrozar la unidad nacional", sostenían, con un discurso muy similar al actual, que los anhelos autonomistas equivalían al separatismo,  postura en la que  coincidían Acción Popular y Bloque Nacional de Calvo Sotelo. En el centro republicaano había una parte hostil al Estatuto, el Partido Republicano Radical, pero también había otro republicanismo autonomista, la ORGA de Casares Quiroga; y finalmente, dentro de la izquierda estaban el PSOE y los anarquistas, ambos hostiles al Estatuto. De hecho, el PSOE manutvo una reunión en Monforte en octubre de 1931 en la que acordó oponerse a la autonomía.
Se puede afirmar que en la década del treinta,  los medios de comunicación, eran contrarios o reticentes o indiferentes a la autonomía gallega. Muy pocos apostaron claramente por ese Estatuto, que, sin embargo, las urnas respaldaron masivamente. Los medios de prensa ligados con las organizaciones de derecha, El ideal Gallego de Coruña, Faro de Vigo o la Región de Ourense, se manifestaron abiertamente contra el referéndum, mientras que la Voz de Galicia, que siempre fue crítica con el movimiento autonomista, dejó de mostrar hostilidad. Se puede decir entonces la decisión  ciudadana se dio sin que la prensa de aquella Segunda República hiciera una campaña masiva a favor del texto.
El resultado oficial del plebiscito, proclamado por el Comité Central da Autonomía, fue que 993,351 gallegos, el 73% de los censados, votaron a favor del estatuto. Oficialmente sólo se registraron 6.161 votos en contra. Esto supuso adentrar a Galicia en la senda estatutaria.
Unos días después Castelao  y Gómez Román se trasladaban a Madrid, y el 15 de julio se entregó el texto del Estatuto al Presidente de las Cortes Republicanas, Manuel Azaña para su preceptivo envío a las Cortes como anteproyecto, pero sólo cuarenta  y ocho horas el general Franco se levantaba en armas, y la revuelta impidió que en el Parlamento Español se sancionase nuestro primer Estatuto.
Xosé Vilas Nogueria y Alfonso Alfonso Bozzo

Pilar Rojo Noguera, Ramón Villares y Roberto L. Blanco Valdés

Paloma Abejón Mendoza


Pedro Larrauri

Paloma Abejón Mendoza

Abel Veiga

Enciclopedia: Historia de Galicia
                        Edicións A nosa terra
 
Autores:


Cristina Cruz Moure Nº 3  2ºB
María López Villar Nº 10   2ºB

Atribuciones de la región gallega(V)



Aprobado este texto Galicia tendría derecho para organizar el régimen local, tipificar la legislación civil gallega, crear las instituciones autónomas para la realización de la reforma agraria, adaptar la legislación del Estado hacia determinados sectores no estratégicos, organizar un régimen de cooperativas, mutualidades, sindicatos, ahorro y crédito…
Galicia podría decidir su política sanitaria según las exigencias de cada zona, un régimen de la vivienda, la reestructuración educativa con la creación de una Universidad auténticamente gallega, la cooficialidad de los idiomas gallego y castellano, adecuar el régimen escolar a la realidad nacional, ejecutar la legislación general sobre Prensa, reuniones, asociaciones…
La Hacienda regional se nutriría de los recursos procedentes de impuestos cedidos por el Estado (en su totalidad, algunos; proporcionalmente, otros) y los que hasta el momento se atribuían a las diputaciones provinciales, además de nuevos impuestos que pudiera crear la Región, deuda pública y banca regionales.
Las instituciones fundamentales serían tres:
La Asamblea legislativa, cuyos miembros ejercerían su mandato por un período de tres años, siendo elegidos por sufragio universal; el Presidente de la Regíon que, además de ostentar la representación de la Regíon a todos los efectos, representaría al Estado en las cuestiones de su competencia, y un órgano de gobierno denominado Junta de Galicia, elegido por el Presidente y necesitado de la confianza de la Asamblea.
No obstante tales atribuciones, las limitaciones y controles del Estado eran grandes, perteneciendo la decisión definitiva, en caso de conflicto, al Tribunal de Garantías Constitucionales.
Xosé Vilas Nogueria y Alfonso Alfonso Bozzo


El intento definitivo(y IV)



Será a partir de aquí, cuando empieza realmente el proceso de aprobación del Estatuto de autonomía, repleto de incidencias y obstáculos, tanto legales como políticos. El más señalado, es la propia reticencia cara la autonomía de gran parte de fuerzas políticas de la época, desde las derechas no republicanas, que rechazaron de forma sistemática el autonomismo, hasta el amplio abanico de republicanos radicales, radicales-socialistas y de los partidos obreros, que en general, se desentendieron desde octubre de 1931 de la cuestión autonomista gallega. Una parte del republicanismo coruñés, liderada por César Alvajar con la agrupación A la Tercera República, hizo bandera de la lucha contra el autonomismo y al que apodaba de  “Estatuto caciquil”.
El 27 de abril de 1932, el Ayuntamiento de Santiago impulsó un movimiento municipalista, lanza la propuesta a las demás corporaciones gallegas de iniciar las gestiones para la consecución de un nuevo estatuto regional. Bien acogida la iniciativa por los demás ayuntamientos, el 3 de julio se nombra una comisión de 9 miembros,  presidida por Cabeza de León  que, recogiendo la experiencia del catalán y acogiéndose a lo estipulado en la Constitución, redactará el nuevo texto. La comisión está formada por tres regionalistas moderados, cuatro galleguistas y dos de ORGA. El texto fue redactado en el verano, fue sometido a información pública de ayuntamientos, partidos políticos, corporaciones y particulares durante varios meses y la Comisión contabilizó 50 enmiendas. Una nueva redacción del texto fue discutido en la Asamblea de Municipios, celebrada en Santiago los días 17, 18 y 19 de diciembre y aprobado en la última de las sesiones, después de acaloradas discusiones (especialmente en el punto referente a la capitalidad de la región), por una mayoría aplastante: se mostraron “conformes” el 77% de los ayuntamientos gallegos, que representaban el 84.7% de la población. En las sesiones estuvieron presentes, además de diversas entidades, 227 de los 319 ayuntamientos gallegos y los diputados a Cortes de la ORGA (ahora PRG), de Acción Republicana (Martínez Risco), del P. G., el radical Vega Barrera, el independiente de derechas Blanco Rajoy y el socialista Edmundo Lorenzo. Por otro lado el PSOE  se mantuvo al margen de la cuestión autonómica.
Un apoyo externo esencial para aquella movilización a favor del Estatuto fue el procedente de las colectividades gallegas de la emigración, a las que, como reconocimiento simbólico, se les informó por vía telefónica de la aprobación del texto estatutario. Más allá del protagonismo conseguido por dirigentes compostelanos como López Pol, Rajoy Leloup o el rector Rodríguez Cadarso, aparecieron nuevas figuras en el proceso estatutario, como los pontevedreses Alexandre Bóveda (galeguista) y Bibiano Fernández Osorio-Tafall (republicano). 

Xosé Vilas Nogueria y Alfonso Alfonso Bozzo

Pilar Rojo Noguera, Ramón Villares y Roberto L. Blanco Valdés

Enciclopedia: Historia de Galicia
                        Edicións A nosa terra